Cómo calcular la indemnización por despido en 2026
Un despido sin causa no se paga con un solo número: son seis conceptos que se suman. Te explicamos cada uno con un ejemplo completo y lo que cambió con la reforma laboral de 2026.
Actualizado el 22 de octubre de 2026 · 6 min de lectura · Por el equipo de RapidTools
Qué te corresponde si te despiden sin causa
Cuando el empleador termina la relación sin una "justa causa", la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) le exige pagar una liquidación final que suma varios conceptos:
| Concepto | Qué es | ¿Corresponde siempre? |
|---|---|---|
| Indemnización por antigüedad (art. 245) | Un mejor sueldo por cada año trabajado | Sí, pasado el período de prueba |
| Preaviso (art. 232) | 1 o 2 sueldos por no avisarte con tiempo | Solo si no te avisaron |
| Integración del mes (art. 233) | Los días que faltan hasta fin de mes | Solo si no te avisaron |
| Días trabajados del mes | El sueldo de los días de ese mes | Sí |
| Vacaciones no gozadas (art. 156) | La parte proporcional de las vacaciones del año | Sí |
| Aguinaldo proporcional | La parte del aguinaldo del semestre | Sí |
Los tres últimos te los deben aunque renuncies: son plata que ya ganaste. Los tres primeros son los que existen por el despido.
Qué cambió con la reforma laboral de 2026
La Ley 27.802 de Modernización Laboral, publicada el 6 de marzo de 2026, mantuvo la fórmula pero cambió algunos detalles importantes:
- La base de cálculo es solo lo mensual. Para la indemnización por antigüedad se toma la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, pero ya no cuentan el aguinaldo, las vacaciones ni los premios o bonos que no se pagan todos los meses.
- "Habitual" quiere decir que lo cobraste en al menos 6 de los últimos 12 meses. Los conceptos variables, como comisiones u horas extra habituales, se toman por su promedio de los últimos 6 meses, o del último año si te conviene más.
- En el período de prueba no hay preaviso. Antes correspondían 15 días; ahora el empleador puede terminar la relación en ese período sin preaviso ni indemnización. El período de prueba general es de 6 meses desde la Ley 27.742 de 2024.
- Se creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un fondo que las empresas pueden usar para pagar las indemnizaciones. Para vos no cambia cuánto cobrás: si el fondo no alcanza, la empresa paga la diferencia.
1. La indemnización por antigüedad
Es un mejor sueldo bruto mensual por cada año trabajado, y la fracción de más de tres meses cuenta como un año entero. El mínimo es un sueldo.
- 2 años y 2 meses: 2 sueldos.
- 2 años y 4 meses: 3 sueldos (la fracción supera los 3 meses).
- 8 meses de antigüedad, ya pasado el período de prueba: 1 sueldo (el mínimo).
El tope y el piso
El sueldo que se usa como base tiene un tope: no puede superar tres veces el sueldo promedio de tu convenio colectivo. Pero la Corte Suprema estableció en el fallo "Vizzoti" que ese tope no puede recortar la base por debajo del 67 % de tu sueldo real, y la reforma incorporó esa regla a la ley.
Ejemplo: tu mejor sueldo es de $3.000.000 y el promedio del convenio es de $600.000. El tope sería $1.800.000, pero el piso del 67 % es $2.010.000. Como el tope recorta demasiado, la base queda en $2.010.000. El tope solo afecta a sueldos bastante más altos que el promedio de su actividad.
2. El preaviso y 3. la integración del mes
El empleador tiene que avisarte del despido con anticipación: 1 mes si tu antigüedad es de hasta 5 años, 2 meses si es mayor. Si no te avisó y el despido es inmediato, te paga esos sueldos en dinero, más su parte de aguinaldo (un doceavo).
Además, el preaviso debería empezar el primer día del mes siguiente. Si te despiden sin aviso un día 15, te deben los días que faltan hasta fin de mes: es la integración del mes de despido.
Ninguno de los dos corresponde si te avisaron con el tiempo correcto, ni durante el período de prueba.
4, 5 y 6. Días trabajados, vacaciones y aguinaldo
- Días trabajados: el sueldo dividido por los días del mes, por los días que trabajaste.
- Vacaciones no gozadas: según tu antigüedad te corresponden 14, 21, 28 o 35 días por año. Al irte cobrás la parte proporcional del año, y cada día de vacaciones vale el sueldo dividido por 25.
- Aguinaldo proporcional: la mitad del mejor sueldo del semestre, por los días trabajados en el semestre. Lo explicamos en la guía del aguinaldo.
| Antigüedad | Días de vacaciones por año |
|---|---|
| Hasta 5 años | 14 |
| Más de 5 y hasta 10 años | 21 |
| Más de 10 y hasta 20 años | 28 |
| Más de 20 años | 35 |
Ejemplo completo: 5 años y 7 meses, sin preaviso
Juan entró a trabajar el 10 de marzo de 2021 y lo despidieron sin aviso el 15 de octubre de 2026. Su mejor sueldo mensual del último año fue de $1.200.000 brutos.
| Concepto | Cuenta | Monto |
|---|---|---|
| Antigüedad | 5 años y 7 meses = 6 sueldos | $7.200.000 |
| Preaviso + aguinaldo | Más de 5 años = 2 sueldos, más 1/12 | $2.600.000 |
| Integración + aguinaldo | 16 días de octubre, más 1/12 | $670.968 |
| Días trabajados | 15 días de octubre | $580.645 |
| Vacaciones + aguinaldo | 21 × 288 ÷ 365 = 16,6 días × $48.000, más 1/12 | $861.633 |
| Aguinaldo proporcional | $600.000 × 107 ÷ 184 días | $348.913 |
| Total estimado | $12.262.159 | |
La indemnización, el preaviso y la integración no tienen descuentos de jubilación ni de obra social, y tampoco pagan Ganancias. Los días trabajados, las vacaciones y el aguinaldo sí tienen los descuentos normales del sueldo.
Ejemplo 2: despido durante el período de prueba
Ana entró el 1 de junio de 2026 con un sueldo de $900.000 y la desvincularon el 20 de octubre, con 4 meses y 20 días de antigüedad. Está dentro del período de prueba de 6 meses, así que no le corresponden ni la indemnización por antigüedad, ni el preaviso, ni la integración. Sí cobra:
- Días trabajados de octubre (20 días): $580.645.
- Vacaciones proporcionales (5,4 días), más aguinaldo: $212.416.
- Aguinaldo proporcional del semestre: $273.913.
- Total: alrededor de $1.066.975.
Con la ley anterior, además le habrían correspondido 15 días de preaviso, unos $487.500 más.
Plazos y pasos después del despido
- El despido tiene que ser por escrito, en general por carta documento o telegrama, y decir si es con causa o sin causa.
- La liquidación final se paga dentro de los 4 días hábiles desde que termina la relación.
- Te tienen que entregar el certificado de trabajo (art. 80) con tus datos, tareas, sueldos y aportes, dentro de los 30 días.
- Podés firmar el recibo y reclamar después si el monto no es correcto: lo cobrado cuenta como un pago a cuenta.
- Si el empleador invoca una "justa causa" y vos no estás de acuerdo, o si no estabas registrado, la situación es distinta: consultá con un abogado laboralista o con tu sindicato antes de firmar cualquier acuerdo.
Errores comunes
- Usar el último sueldo en vez del mejor del año. Revisá todos los recibos de los últimos 12 meses.
- Sumar el aguinaldo o un bono anual a la base. Desde 2026 la ley lo excluye expresamente.
- Olvidarse del aguinaldo sobre el preaviso, la integración y las vacaciones. Es un doceavo de cada uno y suma bastante.
- Contar la antigüedad mal. Con 5 años y 4 meses son 6 sueldos, no 5.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la indemnización por despido en 2026?
Un mejor sueldo mensual, normal y habitual, por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses, con un mínimo de un sueldo. Se suman el preaviso, la integración del mes, los días trabajados, las vacaciones y el aguinaldo proporcionales.
¿El aguinaldo entra en la base de la indemnización?
No. Desde la Ley 27.802 de 2026, la base excluye el aguinaldo, las vacaciones y los premios que no se pagan todos los meses.
¿Me pagan algo si me despiden en el período de prueba?
No corresponden la indemnización por antigüedad, el preaviso ni la integración. Sí te deben los días trabajados, las vacaciones y el aguinaldo proporcionales.
¿Cuánto dura el período de prueba?
En general, 6 meses desde la Ley 27.742 de 2024. Algunos convenios pueden fijar otros plazos.
¿La indemnización paga Ganancias o tiene descuentos?
La indemnización por antigüedad, el preaviso y la integración no tienen aportes ni pagan Ganancias. Los días trabajados, las vacaciones y el aguinaldo sí tienen los descuentos habituales.
¿En cuánto tiempo me tienen que pagar?
La liquidación final se paga dentro de los 4 días hábiles desde el fin de la relación laboral.
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